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Los procedimientos ante el Seguro Social son complejos y es muy importante que mis clientes tengan una comprensión clara de lo que la Administración del Seguro Social toma en consideración en estos casos. Todos los solicitantes de incapacidad tienen que pasar por el mismo proceso de evaluación, tanto el SSDI como el SSI. 

En primer lugar, la agencia va a mirar el nivel de ingresos actual del reclamante. Es decir, el Seguro Social va a evaluar si el reclamante está trabajando y cuanto es su salario al mes. Si está trabajando y el promedio de sus ganancias es más de una cierta cantidad cada mes, por lo general no cumplirá con la definición de incapacidad. Esta cantidad (se refiere a trabajo sustancial y lucrativo) cambia cada año.

Pero, por otro lado, si la persona no está trabajando, o si trabaja su salario es bajo, entonces la Administración del Seguro Social pasa al segundo paso, analizará la gravedad – severidad de la condición y si cumple con los requisitos en la lista oficial de impedimentos de la agencia.

¿Cuán severa tiene que ser la condición, enfermedad o impedimento para calificar?

Para que se considere grave – severa, una condición de incapacidad, esta debe impedir o interferir con la capacidad del reclamante para poder realizar algún trabajo. Evaluaran factores como las limitaciones para levantarse, pararse, caminar, sentarse o acordarse de cosas, memoria y concentración. Si el padecimiento médico no es tan grave, no se le considerará que tiene una incapacidad que califica. Si su padecimiento es grave, entonces la Administración del Seguro Social pasara al próximo paso de evaluación: evaluar si el padecimiento – enfermedad se encuentra o es similar a uno en la lista de impedimentos.

¿Qué es la lista de impedimentos del Seguro Social?

La Administración del Seguro Social tiene una lista de impedimentos, la cual describe padecimientos médicos los cuales consideran suficientemente graves como para evitar que una persona realice cualquier actividad lucrativa (que trabaje). Estos padecimientos se consideran graves, independientemente de la edad, educación o experiencia laboral del reclamante. 

Si el padecimiento médico cumple o es médicamente igual (lo que significa que es al menos igual en severidad y duración), al criterio de una lista, la Administración del Seguro Social, decidirá que tiene una incapacidad que califica y lo declarara como incapacitado. Es importante aclarar que el reclamante debe presentar evidencia suficiente para demostrar que su condición cumple con los requisitos específicos para esa condición en particular en el listado. Pero, ¿qué pasa si la condición no cumple con el listado? Las condiciones de discapacidad que no coinciden con los requisitos del listado de impedimentos, aún pueden considerarse incapacitantes. Si su padecimiento médico no cumple o no es médicamente igual al criterio de una lista, la agencia estatal procede al próximo paso. 

Si se cumplen estas condiciones, la siguiente consideración es si el reclamante puede realizar el trabajo que realizaba anteriormente. Varios factores intervienen en esta consideración. Si se determina que el reclamante no puede hacerlo, la siguiente pregunta es si él o ella puede realizar cualquier otro tipo de trabajo. 

Como se puede ver, el proceso de evaluación de SSDI no es uno sencillo, y los reclamantes deben asegurarse de presentar su reclamación de la mejor manera posible, un caso fuerte, solido. Trabajar con un abogado experimentado puede ayudar a garantizar que los reclamantes presenten el caso más sólido posible.